El inicio de actividades es un trámite que va dirigido a todas las personas naturales, personas o entes jurídicas que deseen comenzar una actividad económica (trabajador independiente de oficio o profesión) o un negocio, empresas, fundación, sociedad, corporación o otros.
Este inicio de actividades atendiendo a la diversidad de figuras ya mencionadas, se divide en dos categorías las cuales poseen distintos regímenes tributarios, los cuales explicaremos más adelante.
- Primera categoría, donde tributan por regla general las (personas jurídicas)
- Segunda categoría que corresponde a las personas naturales (profesiones u oficios)
Inicio de actividades de las personas naturales, (Para régimen boletas de Honorarios) Según el Servicio de Impuestos Internos (en adelante “SII”), un aviso de Inicio de Actividades debe entenderse como una declaración realizada por un contribuyente a través de la cual formaliza su intención de emprender cualquier tipo de actividad comercial o profesional, esta declaración de la voluntad puede realizarse al momento de ingresar al portal de dicho servicio o al acercarse a sus oficinas y completar los tramites correspondientes, la puesta en marcha del aviso de Inicio de Actividades por Internet favorece clara y directamente a las personas que desarrollan actividades remuneradas y que están descritas como de segunda categoría en la Ley de Impuesto a la Renta; vale decir, actividades profesionales. La única información que el contribuyente debe entregar corresponde a sus antecedentes personales (RUT, domicilio, teléfono y comuna) más una caracterización de la actividad económica que desarrollará. Para esto, los códigos de las actividades económicas que deben ser utilizados para dar el aviso de Inicio de Actividades.
Inicio de Actividades en el portal Web
Realizar este trámite en línea, posee ventajas, como la rapidez entre otras, los contribuyentes de la segunda categoría de la Ley de la Renta y/o profesionales pueden dar comienzo a su ciclo de vida tributario cumpliendo los siguientes pasos;
- Ingresar al portar web del SII.
En las opciones del menú de registro para el contribuyente elegir “Inicio de actividades”
- ingresar a la opción Inicio de Actividades (personas naturales), presente en el menú de “Registro
de contribuyentes” en el sitio web del SII
- Identificarse utilizando su RUT y Clave Secreta.
- Completar la información solicitada y seleccionar el botón “aceptar”.
En pantalla se mostrarán los datos ingresados para ser nuevamente revisados y luego se deberá confirmar dicha información seleccionando el botón “Confirmar Inicio de Actividades”
- También en pantalla se desplegará el certificado de Inicio de Actividades, el que se recomienda imprimir.