Esta ley nace para modificar la normativa de cumplimiento en materia de alimentos en Chile (nuestro país) la cual también se conoce popularmente como ley papá o papito corazón bautizada así por los medios de prensa. Esta nueva regulación viene a modificar la ley N°14.908, sobre abandono de familia y pensiones alimenticias con el fin de aumentar las tasas de cumplimiento en los pagos por parte de padres y madres que por algún u otro motivo han dejado de pagar, generando una deuda que va en desmedro del alimentario ( quien recibe la pensión), continuación revisaremos sus principales medidas y los efectos que ella trae.
En primer lugar esta nueva normativa viene emparejada con la ley La ley N°21.389 crea el registro de deudores de pensiones alimenticias («en adelante RNDPA»), lográndose con ello una de la novedad que el alimentante (quien paga la pensión), ya no puede solicitar rebaja en el monto de la pensión si el deudor está integrado al ya mencionado RNDPA, pues ella (la nueva ley) modificó el articulo primero de la ley 14.908.–
Esta nueva normativa también viene a aclarar el artículo tercero de la ley 14.908, sobre como concurre la responsabilidad de los abuelos en los alimentos de los NNA y fijando expresamente exclusiones en caso de pensiones vejez, invalidez o de sobrevivencia.
Resulta no menos importante que impulsa el procedimiento, que posibilita al tribunal que conoce de la causa oficiar a distintivas instituciones buscando información pertinente sobre el deudor de alimentos con el fin de asegurar según sea el caso las retenciones aplicables, en beneficio de quien busca el cobro de los alimentos (alimentario).