Constitución de Chile 1980

Génesis de nuestro actual modelo constitucional

Luego de establecida la junta militar de 1973 , se dicta el Decreto Supremo 1.064 , del Ministerio de Justicia que  manda la  creación  de  una  comisión  especial que genere un  anteproyecto  constitucional,  la cual se conoció como “ Comisión de Estudio de la Nueva Constitución y también como, comisión Ortúzar. Por el apellido de quien fue su presidente.

Esta comisión trabajó en torno  a lo dispuesto  por  el  gobierno  militar  de  esa época, en relación que debía respetarse ciertos valores como  la  concepción cristiana, el hombre y la sociedad  con la creación de un  Estado  al servicio  de  las  personas. Basándose en el principio de subsidiaridad, la aceptación del derecho de propiedad y la libertad de iniciativa en el campo económico.

En el año 1974 la junta de gobierno dicta 4 actas constitucionales.

– N°1 Consejo de Estado

– N°2 Bases Esenciales de la Institucionalidad

– Nº3 Derechos y Deberes Constitucionales

– Nº4 Regímenes de Emergencia

Fue tramitada ante el Consejo de Estado organismo  asesor  del  presidente, las  indicaciones  de  este órgano fueron secretas y escasas ademas no tomadas en cuenta, posteriormente fue revisada por la Junta de Gobierno quien comisiono para ello a una serie de asesores, donde se revisó todo material normativo con las  proposiciones  de  la Comisión  Ortúzar  y las  del Consejo de Estado.

Esta  Constitución fue  sometida a plebiscito en  agosto  de  1980, fue  aprobándose por la ciudadanía, entrando en vigor el 11 de marzo de 1981 .

En cuanto a las Principales Reformas, la primera, 1989. Y dentro de las más relevantes.

-Se flexibilizan los mecanismos de reforma constitucional.

-Se establece el deber del Estado de respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana garantizándolos

-Se deroga el artículo 8º, que proscribía determinadas corrientes de pensamiento y sancionaba a quienes las difundieran.

-Se fortalecen las acciones de amparo y protección durante estados de excepción.

-Se crea el Ministerio Público, mediante la incorporación de un nuevo Capítulo, ( hoy Capítulo VII)

-Se Modifica el artículo 1 º inciso 1 º de la CPR, el que

-Señalaba que “ todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, (cambiando la expresión “ todos los hombres” por “ todas las personas”).

-Se agrega en el art. 19 Nº 2 de la CPR , en lo relativo a la Igualdad ante la Ley, la expresión “ Hombres y Mujeres son iguales ante la ley”.

-Se elimina la censura cinematográfica

-Se incorporan los principios de probidad y publicidad de los actos estatales.

-Se eliminan los vacíos en cuanto a la adquisición de la nacionalidad .

-Se fortalece la Libertad de Expresión, mediante la eliminación de la protección de la vida pública de las personas, y la derogación de los d elitos de desacato.

-Se favorece la interposición de Acciones de protección por atentados en contra del derecho a vivir en un medio ambiente l ibre de contaminación.

-Se establece un período presidencial de 4 años , sin  reelección inmediata. Se eliminan los Senadores vitalicios y designados o institucionales.

-Se amplían las facultades del Tribunal Constitucional, y se modifica su composición.

-Se elimina la inamovilidad de los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y Carabineros.

-Se restringen las facultades del Consejo de Seguridad Nacional, a labores de asesoría, y se modifica su composición.

-Se flexibiliza el proceso de Reforma Constitucional, mediante la aplicación supletoria de las reglas sobre Formación de Ley.

-Además, se facultó al entonces Presidente Ricardo Lagos a dictar un Texto Refundido de la Constitución.

Año 2007

– Se Establece la obligación del Estado  en  orden  a “ promover la educación parvularia y garantizar el acceso gratuito y el  financiamiento  fiscal  al  segundo nivel de transición, sin que éste constituya requisito para el ingreso a la educación básica reforma que se integrara gradualmente 2009.S

-Se establece el sufragio como un derecho de los ciudadanos y su inscripción automática en los registros electorales.

 

2014.

-En materia de integración de la Cámara de Diputados, eliminando de la constitución el guarismo de 120 diputados, paso previo a la reforma al sistema electoral binominal.

2017.

-Se dispone la elección popular del órgano ejecutivo de los Gobiernos Regionales

-Se crean las figuras del gobernador regional y de los delegados presidenciales regionales y provinciales, en reemplazo de los presidentes de los  consejos regionales, los intendentes regionales y los gobernadores provinciales.

Articulado actual

El estallido social y los fracasos políticos de crear una nueva Constitución Política para Chile.