Los juzgados de policía local son tribunales nacionales que existen en todas las ciudades cabeceras de región y repartidos en sus diferentes comunas .No forman parte del Poder Judicial, sin embargo están bajo la superintendencia directiva, correccional y económica de la corte de apelaciones respectiva. Sus atribuciones y organización esta normadas por la Ley N° 15.231 de 1978 sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local con su especial competencia que se encarga de las infracciones a ley de transito, el transporte por calles y caminos y el Tránsito libre de las personas; a las ordenanzas, reglamentos, acuerdos municipales y decretos de la alcaldía; a ley sobre rentas municipales; a ley general de urbanismo y construcciones.
los juzgados de policía local son tribunales especiales, que no forman parte del Poder Judicial y que dependen de la municipalidad respectiva. hecho que ha sido objeto de discusión, por motivos de eficiencia e imparcialidad de sus resoluciones. En base a esos criterios, se ha propuesto usar un modelo de administración similar a los tribunales tributarios y aduaneros.
En esta oportunidad nos referiremos a los JPL, para contestar preguntas de nuestros usuarios referente al sistema y funcionamiento para que logren una eficiente presentación y actuación ante estos organismos.